JOHNSON-V-DAVIS-CASE-LAW
Johnson v. Davis
November 22, 2024

Ben-Shmuels v. Wimbish-Riteway

Ben-Shmuels v. Wimbish-Riteway

722 So. 2d 955 (Fla. Dist. Ct. App. 1998)

Eliahu y Lior Ben-Shmuel eran propietarios de una propiedad en Golden Beach, Florida. Para venderla, firmaron un acuerdo de listado exclusivo con Wimbish-Riteway, Inc., que era válido hasta el 1 de mayo de 1996.

Antes de que expirara el acuerdo, Linda Bird, una agente de compradores, mostró la propiedad a sus clientes, los Johnsons, dos veces en abril de 1996. Sin embargo, los Ben-Shmuels no informaron a su agente de listado, Wimbish-Riteway, sobre estas exhibiciones.

Después de que expiró el acuerdo de listado, los Ben-Shmuels firmaron un nuevo acuerdo con Linda Bird Realty. El 21 de junio de 1996, los Johnsons compraron la propiedad por $2,500,000, y Linda Bird Realty recibió una tarifa de corretaje de $75,000.

Wimbish-Riteway afirmó que se les debía la tarifa de corretaje porque la propiedad se mostró durante el plazo de su acuerdo. También argumentaron que los Ben-Shmuels incumplieron el contrato al no informarles sobre las exhibiciones.

Decisión del Tribunal: El tribunal se puso del lado de Wimbish-Riteway Realty. Dictaminaron que los términos del acuerdo de listado original se cumplieron cuando los compradores vieron la propiedad durante su vigencia, lo que daba derecho a Wimbish-Riteway a la tarifa de corretaje del 6%. Los Ben-Shmuels terminaron pagando ambas comisiones ($75,000 a Linda Bird Realty y $150,000 a Wimbish-Riteway), más los costos judiciales y los honorarios de abogados para ambas partes.

Conclusiones Claves:

  1. ¡LEA el Contrato! Los acuerdos de listado son contratos de empleo. Algunos requieren que el corredor traiga un comprador al cierre, y otros requieren que el corredor encuentre un comprador listo, dispuesto y capaz. Algunos dicen que si vende a un comprador traído por el agente de listado dentro de un límite de tiempo acordado, es posible que deba pagar el corretaje por encontrar al comprador. Siempre lea el contrato.
  2. El hecho de que el contrato haya terminado no significa que las obligaciones siempre estén completas.